Rubí Solidari

Acció Local, Justícia Global

9 de març de 2022
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NO A LA GUERRA A UCRAÏNA NI ENLLOC, CONSTRUIM LA PAU

NI GUERRA NI OTAN, CONSTRUIM LA PAU

23 de gener de 2022
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PETICIÓ D’ADHESSIÓ DE L’ESTAT ESPANYOL AL TRACTAT SOBRE PROHIBICIÓ DE LES ARMES NUCLEARS


En el primer aniversario de su entrada en vigor, 35 organizaciones de la sociedad
civil piden al Gobierno que ejerza un liderazgo de paz mediante la adhesión
del Estado español al Tratado sobre la Prohibición de las Armas Nucleares
(TPAN)


Un año después de su entrada en vigor, 59 Estados ya han ratificado el TPAN, 30 lo han
firmado y tienen pendiente su ratificación, y otros 49 han expresado su apoyo al Tratado en
la ONU.
Pedimos al Gobierno español que firme el Tratado sobre la Prohibición de las Armas
Nucleares y apoye su posterior ratificación en el Congreso de los Diputados.
Y como primer paso en esta dirección, instamos al Ejecutivo de Pedro Sánchez a que
siga el ejemplo de Noruega y Alemania, dos socios de la OTAN, y que España asista
como Estado observador a la primera Conferencia de Estados parte del TPAN que
tendrá lugar en Viena del 22 al 24 de marzo de 2022.
El Gobierno español tiene una excelente oportunidad para ejercer un liderazgo de paz ante
sus socios de la UE y la OTAN, alineándose con la voluntad mayoritaria de la población
española y mundial en favor de la prohibición efectiva de las armas nucleares.
De hecho, una encuesta reciente estableció que el 89% de la población española cree que
España debería unirse al Tratado (sólo el 4% se opone) y diversas iniciativas han contado
con el apoyo de varios grupos parlamentarios. A pesar de todos los esfuerzos, el objetivo de
la adhesión del Gobierno español al TPAN no se ha logrado aún.
Qué es el TPAN y qué aporta
El 7 de julio de 2017, después de una década de movilizaciones de la Campaña
Internacional para la Abolición de las Armas Nucleares (ICAN) y de sus entidades
asociadas, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó un acuerdo mundial para
prohibir las armas nucleares, conocido oficialmente como el Tratado sobre la Prohibición
de las Armas Nucleares (TPAN – TPNW en sus siglas en inglés). Un Tratado que resalta
el impacto humanitario catastrófico de cualquier uso de este tipo de armamento. Dos años y
medio más tarde, el 22 de enero de 2021, el Tratado entró en vigor al conseguir la
ratificación necesaria de 50 países. Este nuevo instrumento jurídico ofrece una
alternativa poderosa a un mundo en el que no se pone fin a las amenazas de
destrucción masiva. Antes de aprobar el Tratado, las nucleares eran las únicas armas de
destrucción masiva que no estaban sujetas a una prohibición categórica, pese a sus
consecuencias humanitarias y medioambientales catastróficas, generalizadas y
persistentes. El nuevo acuerdo cubre, por tanto, una gran laguna del derecho internacional.
Este Tratado se basa en las reglas y principios de la ley humanitaria y en ningún caso
los países pueden desarrollar, ensayar, producir, fabricar, transferir, poseer,
almacenar, utilizar o amenazar con utilizar armas nucleares, o permitir el
estacionamiento de dichas armas en su territorio. Así mismo, el TPAN obliga a las
partes a proporcionar asistencia a aquellos que han sufrido como consecuencia del uso y
ensayo de armas nucleares en todo el mundo, y a adoptar medidas para reparar los
entornos contaminados. El TPAN, por tanto, contribuye a proteger los derechos
humanos de las víctimas y el medioambiente.
Qué diferencia introduce sobre el Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP)
Los críticos al TPAN alegan que éste debilita al Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP)
que entró en vigor en 1970. Pero la realidad nos muestra que el TNP no ha sido
efectivo, aunque haya disminuido el número total de cabezas nucleares, ha duplicado
el número de países que las poseen y estamos asistiendo a una nueva carrera de
modernización de las armas nucleares. El TPAN, a diferencia del TNP, obliga a asistir a
las víctimas por el uso o por los ensayos de las armas nucleares y a tomar medidas para
restaurar medioambientalmente las áreas contaminadas.
Un Tratado para la protección de la vida en la Tierra y los DDHH
El TPAN es el primer acuerdo multilateral que prohíbe íntegramente las armas nucleares
declarándolas ARMAS ILEGALES y también el primer acuerdo que contiene disposiciones
para abordar las consecuencias humanitarias relacionadas con el ensayo y el empleo de las
mismas. También, ha sido considerado la primera ley feminista sobre armas nucleares.
Desde el preámbulo reconoce su impacto desproporcionado sobre mujeres, niñas y pueblos
indígenas, urge a una participación más equitativa de las mujeres en los procesos de
desarme, la asistencia a las víctimas y la reparación de los daños medioambientales que
provocan.
Mediante la prohibición explícita e inequívoca del uso de armas nucleares, el TPAN envía
una señal contundente: su uso sería inaceptable desde una perspectiva ética,
medioambiental y humanitaria y, además, sería ilegal conforme al Derecho Internacional
Humanitario (DIH).
Las armas nucleares son el armamento más inhumano e indiscriminado jamás
creado. Violan el derecho internacional, causan graves daños al medio ambiente,
socavan la seguridad nacional y mundial y desvían vastos recursos públicos para la
satisfacción de las necesidades humanas y el cuidado de la vida en el planeta.
Para las entidades que trabajamos por una cultura de paz, los derechos humanos, los
derechos del planeta Tierra, los derechos de las mujeres y las niñas y niños, el desarme
total y universal, la justicia, la investigación y la educación para la paz, la memoria, el
diálogo, los valores universalistas, la cooperación, el multilateralismo…, la Campaña ICAN y
la entrada en vigor del TPAN ofrecen una extraordinaria oportunidad para seguir sumando
esfuerzos para la construcción de la paz mundial.
Mientras los riesgos que tiene ignorar el Tratado son inasumibles, las oportunidades
para la paz que se abren con la ratificación del mismo interpelan al Estado español y
a toda su población.

7 de novembre de 2021
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XIX CURS DE COOPERACIÓ I SOLIDARITAT INTERNACIONAL, SEBASTIÀ COLOMER I TORRELLA

3 de novembre de 2021
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XIX CURS DE COOPERACIÓ I SOLIDARITAT INTERNACIONAL, SEBASTIÀ COLOMER TORRELLA.

APUNTAT I DIFON

6 de juliol de 2021
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KAO CHIMIGRAF FA UNA DONACIO AL PROJECTE ALFARUBI

” El projecte AlfaRubí, adscrit a Rubí Solidari, a rebut de Kao Chimigraf la donació de tres ordinadors, una impressora i 529 euros, una part dels quals han sigut recol·lectats entre els treballadors.  L’empresa també s’ha ofert en participar en alguns dels cursos fent sessions de formació sobre com fer un currículum i com preparar una entrevista laboral.  

Els ordinadors s’han ubicat en una saleta del CRAC i, a part de per la formació de llengua, també els farem servir per introduir en informàtica bàsica i per ensenyar i aprendre a fer gestions i tràmits on-line. D’altra banda, estarem molt contents de que també es puguin utilitzar per altres finalitats socials i solidaries que necessitin en el CRAC. 

Estem agraïts d’aquesta col·laboració de Kao Chimigraf i els seus treballadors i esperem que sigui fructífera i tingui continuïtat. “

ALFARUBÍ aquest projecte que ja té un recorregut històric (es va iniciar el 2015); que des de fa un parell d’anys forma part de Rubí Solidari i que aquest curs ha agafat una nova embranzida ( i un nou nom: abans ens anomenàvem voluntàries per la llengua).

Tots nosaltres: Rubí Solidari-ALFARUBI (persones voluntàries i persones usuàries del projecte) estem contents i agraïts ja que aquestes ajudes ens permetrà seguir amb ànims renovats i també realitzar algunes sortides culturals que feia temps que teníem ganes d’incorporar a les activitats del grup.

Per els qui no ens coneixeu, els objectius d’ALFARUBÍ són dotar de les eines lingüístiques necessàries les persones nouvingudes que ho necessitin, per tal que puguin relacionar-se sense problemes, exercir els seus drets de ciutadania i potenciar al màxim les seves capacitats individuals, cobrint així algunes necessitats i demandes de flexibilitat que, actualment, les ofertes oficials no cobreixen. Al mateix temps que, els cursos, es constitueixen com un espai d’intercanvi cultural, de convivència i de relacions personals.  Podríem desglossar-los d’aquesta manera:

Àmbit educatiu

  • Formació bàsica en llengua castellana
  • Formació bàsica en llengua catalana
  • Capacitació informàtica bàsica

Àmbit cultural

  • L’intercanvi cultural s’aplica de forma transversal en totes les activitats del dia a dia de la tasca educativa. S’adapten les lliçons del curs a parlar dels països d’origen de l’alumnat, de la seva cuina, tradicions i festes, realitat social i costums en general. De forma recíproca, es va explicant com funciona la nostra societat, els costums, temes culturals i laborals. Per aconseguir-ho s’utilitzen textos de lectura, cançons, contes populars, refranys i la conversa entre l’alumnat i el professorat.

Àmbit comunitari

  • El fet de coincidir en el mateix projecte persones de diversos orígens fomenta el bon veïnatge per sí mateix. La pròpia dinàmica dels cursos fa compartir tasques i objectius, i porta a un coneixement mutu que en altres terrenys és molt més difícil que es doni. Les sortides culturals també faciliten la convivència i les relacions interpersonals. AlfaRubí és el lloc on es poden informar a vegades d’esdeveniments cívics, i així implicar-se en qualsevol moviment ciutadà si ho desitgen (temes d’estrangeria, acollida migrants, habitatge …)

Visió de gènere

  • És sabut que en algunes de les cultures d’origen les dones tenen un rol dedicat exclusivament a la família, i surten poc de casa per a fer activitats externes. AlfaRubí els facilita un entorn amable on sentir-se còmodes mentre aprenen, i poden sentir que dediquen un temps a elles mateixes, és a dir, a empoderar-se.

Si esteu interessats en formar part d’aquest projecte, ja sigui com a persones usuaries o voluntàries, podeu dirigir-vos a info@rubisolidari.com o a CRAC C/Sant Joan 1, Rubí.


26 d'abril de 2021
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Objeccio fiscal a la despesa militar



BAJAR GUÍA PRACTICA 2021
1. NOTA DE CAMPAÑA 2021 (RENTA 2020).
Este año, como el año anterior, y debido a la persecución de los objetores y objetoras fiscales al gasto Militar por parte de hacienda, los grupos coordinadores de la campaña hemos decidido seguir reclamando el derecho a objetar fiscalmente al gasto militar de igual manera que hasta ahora lo hemos hecho, pero con una pequeña variación: el importe de objeción que desviamos y reclamamos a hacienda.
 
La razón del cambio es que en los dos últimos años, hacienda ha lanzado una campaña de reclamaciones a los objetores y objetoras por los importes objetados durante los últimos 4 años, con el propósito de hacernos desistir. Los recursos y alegaciones presentados no han servido de nada y se nos ha definido como «negligentes»:
 
«..Existencia de negligencia en sus actuaciones. El art. 183.1 LGT establece que son Infracciones Tributarias las acciones u omisiones dolosas o culposas con cualquier grado de negligencia que extiende tipificadas y sancionadas como tales en la ley.
 
En el ámbito administrativo sancionador el límite mínimo de la culpabilidad consiste en la simple negligencia, definida como falta de cuidado, aplicación y diligencia de una persona en el que hace, en especial en el cumplimiento de una obligación. Su actuación ya ha sido considerada al margen de la legalidad en declaraciones de la lava presentadas de ejercicios anteriores, por lo que no puede alegar desconocimiento en la correcta cumplimentación de sobre obligaciones fiscales ….. ».
 
Cierto que sabemos que no es legal practicar la objeción fiscal al gasto militar, pero también sabemos que no se ilegal, porque hasta el momento, no está regulada su legalidad o no, dentro de las leyes tributarias. Año tras año reclamamos el derecho de conciencia a no contribuir al gasto militar con nuestros impuestos.
 
Las cantidades desviadas anualmente son irrisorias por el estado. Según nuestros cálculos no llegamos a 100.000 € anuales entre todas las objeciones. Si lo comparamos con el gasto militar de 59 millones DIARIOS para el 2021, o con los defraudadores de la lista Falciani, o con las comisiones que el rey emérito tiene en Suiza, pensamos que no es la cantidad lo que les importa, sino el hecho en si.
 
Por todo ello, continuaremos haciendo OF este año por 1 € o 5 € o 10 €. Sabemos que no son las cantidades que el estado destina de nuestros impuestos a mantener la estructura militar, pero igualmente nos sirve para reclamar nuestro derecho de conciencia a no colaborar en el mantenimiento del ejército y sus consecuencias.
 
Sabemos que las entidades que recibían el dinero desviado, ahora recibirán menos, y para evitar esto, proponemos que la diferencia se ingrese igualmente a la entidad como donativo, por lo que el próximo año lo podremos desgravar como tal. Es decir, ingresar y declararemos en concepto de OF en la declaración de renta la cantidad de 1 € o 5 € o 10 €, al igual que años anteriores, y haremos un segundo ingreso a las entidades, por los 99 € o 95 € o 90 € restantes, como donativo. En el caso de querer hacer la donación al proyecto propio del SIOF el ingreso se hará a través de SIOF: Triodos Bank ES84 1491/0001/28/2098183425.
Este cambio no implica de ninguna manera que todos los objetores y objetoras que quieran continuar haciendo objeción fiscal como en años anteriores no lo puedan hacer. La opción es evitar que las reclamaciones de hacienda generen un obstáculo económico para continuar reclamando nuestro derecho, a la vez que puede abrir la puerta a que otros personas se animen a seguir nuestra lucha.
Si piensas que tú no tienes que hacer la declaración, es muy importante que leas el punto 2.
2. ES IMPORTANTE HACER SIEMPRE LA DECLARACIÓN DE RENTA.
NO ES ACONSEJABLE  ACEPTAR DIRECTAMENT EL BORRADOR QUE NOS FACILITA HACIENDA.
Porque puede que Hacienda tenga algún error en los datos. Es difícil que haya considerado todas nuestras posibles deducciones, o si lo ha hecho, en más de una ocasión hay errores (y suelen ser a su favor).
Tampoco es conveniente dejar de hacerla en el caso de que no se alcance el mínimo establecido.
Aunque no llegues al mínimo que la ley establece para hacer la declaración, también es importante que la hagas (o al menos que la calcules), ya que muy probablemente te saldrá negativa y te habrían de devolver dinero. Si compruebas que te sale a pagar, entonces no es necesario que la entregues.
3. RELLENAR LA DECLARACIÓN EN RENDA WEB APLICANDO  OBJECIÓN FISCAL
El primer paso es llenar la declaración de renta.
Los pasos siguientes permiten hacer la declaración con objeción fiscal desde la página web con el programa RENTA WEB.
I. Una vez rellenada tu declaración con los datos correspondientes, hay que ir hasta la página denominada Resumen de Declaraciones,


 
imagen 1_guia
En aquesta página buscar el apartado de Retenciones y otros pagos a cuenta y pulsar el importe
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y aparecerá la siguiente pantalla, donde podremos poner la cantidad por objeción fiscal
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en las casillas 605 o 606. Aquí hay que poner el valor de la objeción (1€, 5€, 10€). Automàticament el programa RENTAWEB comtabilizará esta dedución y en el resultado de tu declaración ya estará aplicada la objeción fiscal.
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II.    Una vez acabada la declaración, el programa se conecta con Hacienda  para grabar la declaración y genera un PDF como  copia para el declarante, con un número de referencia.
Guia rapida_2021_cas     
Esta copia se imprime desde el mismo programa RENTAWEB pero al ser la copia para el declarante ya no sirve tachar el texto explicativo de la casilla y anotar encima: Por objeción fiscal a los gastos militares, como hacíamos antes. La copia impresa sólo sirve como resguardo de nuestra declaración


4. INGRESO DEL DINERO DE OBJECIÓN FISCAL
Hecha la declaración, hay que ingresar el importe de la objeción fiscal (1 €, o 5 €, O 10 €) en la cuenta corriente de alguna entidad de carácter social, solidaria, pacifista, de promoción de los derechos humanos, etc, pero hay que tener la seguridad de que está legalmente registrada y dispone de NIF. Se debe especificar en el concepto del ingreso: Ingreso proveniente de la objeción fiscal 2021 y hay que guardar el comprobante de que la entidad bancaria nos facilita, por entregarlo a registro de hacienda
5. RELLENAR LA CARTA DE OBJETOR/A FISCAL.
Después ya sólo queda rellenar la carta de objetor / a fiscal instancia__of2021_cas dirigida a la ministra de Hacienda, que se adjuntará a la declaración junto con el comprobante de ingreso a la entidad elegida. Puedes descargar este impreso de la página de la objeción fiscal: http://www.objecciofiscal.org o bien dirigirte a los puntos de información sobre objeción que figuran en la web.
6. ENTREGA DE LOS DOCUMENTOS JUSTIFICANTES DE LA OBJECIÓN FISCAL
El siguiente paso es entregar los documentos (instancia y recibo bancario) en cualquier Delegación de Hacienda, sección Registro.
Hay que explicarles que estamos haciendo objeción fiscal (aproveche para explicar a la persona que nos atiende en qué consiste), que la responsabilidad es nuestra y que con la carta instancia, donde se el número de referencia generado, justificamos que el dinero no nos los quedamos, sino que les damos un sentido más social y solidario. También se pueden entregar vía telemática con el número de referencia.
7. COMUNICAR EL CENSO DE OBJECIÓN FISCAL
Finalmente, os pedimos rellenar el censo de objetor / a fiscal aqui http://objecciofiscal.org/TevaOF-es/ y que se encuentra en la misma página web de la objeción. También podeis enviarlo en papel o por correo electrónico a obfiscal@pangea.org. Este censo es puramente estadístico y sirve para ver la evolución de la objeción fiscal en nuestro país.
 

4 de març de 2021
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Dictat Solidari 2021

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